1.6 Recepción final de la obra
Una vez terminada la obra, o cuando se encuentra bajo la definición de “Obra gruesa habitable” según la Ordenanza general de urbanismo y construcción, se tramita en la Dirección de Obras Municipales respectiva el certificado de recepción definitiva.
TEMAS TRATADOS:
1.6.1. Requisitos generales
1.6.2. Documentos que deben presentarse
1.6.3. Recepción definitiva
1.6.1 REQUISITOS GENERALES
No puede habilitarse ninguna obra sin el certificado de recepción. La Dirección de Obras Municipales podrá autorizar que se habilite parte de un edificio, si las circunstancias así lo ameritan.
No puede solicitarse la recepción hasta que la obra se encuentre totalmente terminada, salvo el caso en que sea posible aplicar dicha recepción, a una sección de ella que pueda habilitarse independientemente.
No puede solicitarse ni efectuarse la recepción final de la obra en sectores urbanos, si no estuviera recibida la urbanización del barrio o población en que estuviera ubicada.
1.6.2 DOCUMENTOS QUE DEBEN PRESENTARSE
Junto con la solicitud de recepción definitiva se debe acompañar un legajo completo de antecedentes -tal como se ejecutaron estas instalaciones- y los certificados de los técnicos o profesionales responsables e inscritos (si corresponde) en el registro correspondiente:
TABLA 12
DOCUMENTOS REQUERIDOS COMO BASE EN DISTINTOS TIPOS DE INSTALACIÓN
FUENTE: De los autores en base a Ordenanza general de urbanismo y construcción y procedimientos de las concesionarias
a) Informe del constructor o de la empresa o profesional distinto del constructor, según corresponda, en que se detallen las medidas de gestión y de control de calidad adoptadas durante la obra y la certificación de su cumplimiento.
b) Certificados de ensaye de los hormigones empleados en la obra, de acuerdo con las normas oficiales.
c) Declaración de si ha habido o no cambios en el proyecto aprobado. Si los hubiese habido, deberán adjuntarse además los respectivos documentos actualizados en los que se indiquen las modificaciones introducidas.
d) Certificados de ejecución de obras de urbanización emitidos por los servicios respectivos, si corresponde.
OBSERVACIONES:
El propietario o administrador responsable de un edificio de uso público, sea de dominio fiscal o particular en que puedan reunirse 50 personas o más, deberá entregar al cuerpo de bomberos respectivo, una vez efectuada la recepción definitiva, un plano del edificio con indicación de los grifos, sistemas de alumbrado, calefacción y otros que sea útil conocer en caso de incendio.
1.6.3 RECEPCIÓN DEFINITIVA
Presentados los documentos, profesionales de la Municipalidad respectiva realizan una inspección a la obra, constatando que ésta fue efectuada de acuerdo con los planos del proyecto y el permiso de edificación. Si todos los certificados están en regla, se le otorga al propietario la recepción definitiva.